La nueva ley de divorcio exprés, vigente desde diciembre de 2024, simplificó el proceso de disolución del matrimonio civil en Colombia. Sin embargo, para quienes contrajeron matrimonio católico, el divorcio civil no afecta el vínculo religioso, que solo se disuelve mediante la nulidad eclesiástica.
Un estudio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de San Buenaventura explica que la nulidad eclesiástica puede ser solicitada por cualquiera de los cónyuges que haya contraído matrimonio católico. El procedimiento incluye etapas como la presentación de la demanda, la investigación y la sentencia del tribunal eclesiástico.
Los costos de la nulidad eclesiástica varían según el tribunal y la complejidad del caso, e incluyen honorarios de abogados y gastos administrativos. El estudio advierte sobre posibles estafas: personas que ofrecen agilizar el proceso a cambio de dinero sin garantías.
El estudio no detalla cifras exactas de costos ni plazos específicos, pero subraya que el proceso es independiente del divorcio civil y requiere asesoría especializada. La Universidad de San Buenaventura recomienda verificar la legitimidad de los abogados y tribunales eclesiásticos para evitar fraudes.
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